Forzar el uso de software privativo desde el Estado es Anti-Consitucional
Es anti-constitucional forzar a los ciudadanos a utilizar un software de determinada empresa para relacionarse con la administración pública.
Los ciudadanos que no son clientes de empresas como Microsoft u Oracle son discriminados por las administraciones públicas argentinas que utilizan estándares cerrados (documentos .doc, .xls, flash, software privativo), es decir, por la mayoría del software instalado en dependencias estatales. Como la inmensa mayoría de los ciudadanos de hecho no son clientes de Microsoft u otras empresas proveedoras del Estado, el mismo se encuentra violando la Constitución del país.
A la vez, el Estado discrimina a las empresas que ofrecen competencia, en especial a las que basan sus modelos de negocio en el Software Libre. Por si fuera poco, se crea una distorsión del mercado al apoyar expresa y exclusivamente a una empresa sentenciada judicialmente y penada como monopolio en los dos mayores mercados del mundo: EEUU y la Unión Europea.
La Constitución de la Nación Argentina expresa en su artículo 42 que tenemos derecho a la libertad de elección y condiciones de trato digno y equitativo. Cuando un organismo de gobierno utiliza un software como Windows u Office de Microsoft y nos obliga a utilizar el mismo software de una determinada empresa para comunicarnos con esa autoridad, la libertad de elección queda reducida a cero. Es el caso, por ejemplo, de la AFIP y el software SIAP, pero existen cientos de ejemplos en toda la Nación.
Si hablamos de la provincia de Buenos Aires, en la cual se está desarrollando un Plan de Acción 2008-2011 especialmente pensado para que Microsoft y otras multinacionales del software privativo vendan sus productos y servicios, teniendo como antecedente el hecho de que se ha firmado un pacto llamado "Alianza por la Educación" con Microsoft, la Constitución de la Provincia también juega en contra de tales preferencias.
El derecho al gobierno democrático es algo inalienable de todo ciudadano según lo expresa el Artículo 2 de la Constitución de Buenos Aires, dado que todo el poder público emana del pueblo.
Según el Artículo 11 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, todos somos iguales ante la ley, gozamos de los mismos derechos y garantías que establece la Constitución Nacional; no se admiten distinciones, discriminaciones ni privilegios y es un deber de la Provincia promover el desarrollo integral de sus habitantes, en pos de la igualdad de oportunidades y la participación de todos en la organización política, económica y social; algo que es incompatible con dejar fuera a quienes no sean clientes de una empresa determinada (la mayoría), tal como veníamos explicando anteriormente.
En tal sentido, es útil conocer nuestros derechos para hacerlos valer ante las autoridades, y al mismo tiempo estar informados sobre cuáles son los planes estatales en materia de informatización y de qué modo se están llevando a cabo.
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3 comentarios
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Para que algo sea inconstitucional lo tiene que declarar un juez. Por ahora es solo la opinión de Marcos.
Sino con ese criterio también las famosas retenciones son incostitucionales ya que muchos juristas lo dicen.
Bien ¿cuándo llevarás estas ideas ante un juez entonces?
Resulta que para un trámite me piden presentar un certificado de
“antecedentes penales”. Primera sorpresa: el organismo que se encarga de
dar esos certificados se llama “Registro Nacional de Reincidencia”…
¿Uno no era inocente hasta que se demuestre lo contrario? (¡yo no he
hecho nada, ni lo volveré a hacer!)
En fin… la cosa es que para acelerar el trámite uno puede empezarlo
por internet, y bajarse unas boletas para pagar en el Banco Nación,
desde: dnrec.jus.gov.ar/TramPerWeb/inicio.aspx
A la página se accede bien, pero desde firefox me fué imposible bajarme
los .DOC que tienen. Parecía que el link no existía, pero el .aspx me
resultó sospechoso, así que fuí hasta una máquina con windows y comprobé
que desde IE sí se podía (no así desde FF bajo windows).
Al doc lo imprimí directamente desde word en windows, no se si será
posible abrirlo desde OO… Pero lo que sí comprobé es que el documento
en cuestión es simplemente una imagen pésimamente escaneada de una
factura, y que a pesar de que el original es una impresión monocromática
la imágen está en color (lo que hace que el pixelado se vea aún más feo
y se entienda menos lo que dice).
Salgamos a crackear, piratear, hacer phishing, o cualquier otro delito
informático, que si estos si estos son los asesores informáticos que
tienen en nuestro honorabilísimo ministerio de justicia, tenemos vía
libre! [1]
Realmente vergonzoso.
Saludos,
Natanael.
[1] La intención del comentario es únicamente el sarcasmo, no estoy
haciendo apología de nada.