Dos vendedores de CDs y DVDs son sobreseídos por un Juez en Argentina
Algunos empresarios de las grandes industrias de multimedios no estarán contentos con este fallo del Juez Martín Lozada, quien sobreseyó a dos personas inculpadas de vender CDs y DVDs con películas y música copiados de manera ilegal (es decir, sin respetar las normas de derechos de autor).El Juez sencillamente consideró que la cantidad de elementos ofrecidos en venta no iba a lesionar la llamada propiedad intelectual de las empresas discográficas y cinematográficas multinacionales.
Originalmente los dos vendedores habían sido descubiertos por la policía el 17 de abril pasado, vendiendo incluso ropa en similar estado de ilegalidad, con logos de marcas conocidas, pero en versiones no originales: acá en Argentina a este tipo de cosas se las llama popularmente "truchas".
A uno de ellos se le secuestraron 50 CDs de música con carátulas apócrifas, 100 CDs conteniendo películas, y 35 gorros que decían ser Adidas, Puma, Nike o Kosiuko. En el otro puesto se secuestraron 65 CDs de música, 25 películas y 5 gorros.
No son pocas las empresas discográficas que se vieron afectadas por la falsificación, es increíble pero en la suma entraban: EMI, TeLeFe, Sony, Eagle Vision, Magenta,
BMG, Barca, Virgin, Warner Brothers, Disney, Twenty Century Fox,
Paramount, Universal, y Columbia. ¿Qué podrían hacer todas estas grandes empresas en contra de un simple vendedor?
Para el Juez, el patrimonio varias veces millonario de tales empresas no podría verse afectado por apenas unos centenares de copias falsificadas, con lo cual no habría daño al bien jurídico, y por consiguiente esto impide penalizar a los acusados e incluso el Estado no debería inmiscuirse en el asunto, por prescripción del art. 19 de la Constitución Nacional.
Martín Lozada piensa que es altamente irracional criminalizar este tipo de hechos que producen una ínfima lesividad.
Más información:
http://www.rionegro.com.ar/diario/2007/07/13/20077l13b02.php?nc=1
El espacio de comentarios en esta nota se ha cerrado, al llegar a su límite de tiempo o cantidad de mensajes permitidos.

Autor:
(marcos) Marcos Guglielmetti - 17/07/2007










Dos cosas. 1) Es suficiente con apelar al sentido común, a la lógica si se quiere, para darse cuenta que una poca cantidad de mercadería pirata no hace un efecto notorio en el fabricante/propietario (aun así es ilegal); pero se trata de mucho más que unos poocos CDs y DVDs, son miles los que se producen y comercializan ilegalmente todos los días tan sólo en la ciudad de Buenos Aires y mucho más en el gran Bs. As. todo eso sin contar los que operan solamente por Internet, difundiéndose a través del spam. Sumá todo eso y vas a ver cómo los números cambian totalmente. Punto 2) el juez se vio obligado (lo supiera o no) a llegar a este conclusión por dos errores: uno, que el acusado fuera solamente UN puesto de ventas; dos, cómo se presentó el caso.
Con respecto al punto 2, segunda parte: el caso se presentó mal, porque se trata de un hecho ilegal (falsificación de mercadería y comercialización de la misma), por el cual sí habrían sido condenados; pero como los quisieron acusar por piratería, el vacío legal y la incompetencia de los demandantes dejó a dos criminales en libertad.